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JCE prohíbe a encuestadoras publicar trabajos antes de julio 2027

La Junta Central Electoral (JCE) estableció el procedimiento para el registro de las firmas o empresas encuestadoras que están interesadas en realizar mediciones para medir la favorabilidad de quienes aspiran alcanzar posiciones electorales en 2028.

El órgano electoral especificó los requisitos con los que deben cumplir las compañías nacionales e internacionales interesadas en muestrear la simpatía de los dirigentes políticos dominicanos.

La JCE dictó una clara limitación para la publicación y difusión: los resultados solo podrán ser compartidos a partir del primer domingo de julio del año 2027, fecha en la cual comienza el periodo preelectoral.

De acuerdo con lo indicado en el artículo décimo tercero del reglamento, las firmas encuestadoras que infrinjan podrían estar sujetas a diversas penalizaciones interpuestas por la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales de la JCE. Dentro de estas se encuentra la suspensión temporal del registro por un período de seis meses a un año, la cancelación definitiva del registro en caso de reincidencia y cualquier otra sanción administrativa prevista en la ley.

“Las decisiones que sean dictadas por el Pleno de la Junta Central Electoral, rechazando o revocando el registro y la habilitación de firmas encuestadoras, serán notificadas a los solicitantes a través de la Secretaría General de la Junta Central Electoral”, indica el segundo párrafo del artículo antes mencionado.

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