Santo Domingo.- El ministro de la Presidencia Gustavo Montalvo aclaró que las bancas de apuestas y juegos de lotería no han sido excluidas del ámbito de aplicación de la ley, y explicó que toda persona física y jurídica, sin importar el sector al que pertenezca, puede ser perseguida y condenada penalmente en caso de incurrir en delitos precedentes o lavado de activos.
“El banquero de apuestas o lotería que se dedique a blanquear dinero sucio, en la ley actual y en la nueva, puede ser sometido por lavado de activos”, enfatizó.
No obstante, dijo que cuando un propietario o ejecutivo de una banca de apuestas hace algún tipo de operación bancaria o inmobiliaria se le debe realizar una debida diligencia ampliada -como indican las recomendaciones del GAFI- debido al riesgo vinculado al alto movimiento de efectivo a sus actividades.
Los sujetos obligados son las empresas que deben implementar estándares de conocimiento de sus clientes para evitar que los mismos los utilicen como mecanismo para lavar activos provenientes de operaciones ilícitas. Además de casinos, la nueva lista de sujetos obligados incluye agentes inmobiliarios, firmas constructoras, fiduciarias, entre otras. Esta lista de sujetos obligados está alineada con los requerimientos del Grupo Acción Financiera Internacional en su recomendación 22 de sus nuevos estándares.
“Esto no es una lista cerrada, en todo caso. Se pueden incluir otras entidades como sujetos obligados por resolución del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, luego de estudios sectoriales de riesgos y previa consulta pública”, explicó Montalvo.
El funcionario indicó que “la inclusión o no de un tipo de un sector como sujeto obligado depende de la actividad de sus clientes. Es decir, se determina en cuanto al tipo y monto de las transacciones de los clientes, no del negocio en sí.
Dijo que si en el futuro se determina que los clientes de un sector están realizando transacciones de alto monto y poca transparencia, el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos podrá incluirlos como sujetos obligados”.
Montalvo dijo que las modificaciones propuestas a la ley se han realizado siguiendo los estándares y recomendaciones del GAFI y en el marco de la evaluación que se realizará al país este año, tanto por Foro Global como por GAFILAT. Consideró que la nueva ley antilavado representa un gran avance en la lucha contra el crimen y la impunidad, y dijo que con la iniciativa aumentan las infracciones precedentes, incluyendo los delitos cometidos por funcionarios en el ejercicio de sus funciones, la falsificación y adulteración de medicamentos o los delitos fiscales y medioambientales.
Prisión mínima
La nueva ley también incrementa significativamente las penas y sanciones, aumentando el tiempo mínimo de prisión a 10 años, para algunas conductas que tipifican el lavado de activos, y a 200 salarios mínimos las multas, duplicando los montos actuales. “Esta nueva ley nos permitirá ser más efectivos en la persecución de delitos que lesionan el patrimonio público y los bienes colectivos, que el Estado debe tutelar”, sostuvo el funcionario.
Fuente: Listín Diario