La Asociación Dominicana de Alguaciles elaboró una propuesta de ley encaminada a regular las funciones de los profesionales que laboran en ese sector, desarrollar el sistema de justicia, promover el estado de derecho y fortalecimiento de la seguridad jurídica nacional.
El proyecto indica que la iniciativa tiene como objetivo principal regular las relaciones de trabajo de las personas designadas para desempeñar el cargo de alguacil, para que su labor se base en un sistema de principios esenciales.
Uno de los principales articulados del proyecto indica que el ejercicio de la función de los alguaciles debe estar basado en un sistema de principios esenciales que constituyan el estado jurídico del ministerial, tales como igualdad que defina los derechos de acceder al cargo sin ningún tipo de discriminación y capacidad demostrada en los concursos internos y externos por medio de evaluación u otros instrumentos de calificación.
El proyecto contempla, además, un estado de estabilidad en el que haya una permanencia garantizada para los alguaciles, siempre y cuando su desempeño se ajuste a la eficiencia y a los principios establecidos en el sistema de integridad institucional.
También contempla la creación de un sistema de equidad redistributiva, en donde a igual trabajo en idénticas condiciones de capacidad, de antigüedad o desempeño corresponda igual remuneración.
Propone el proyecto la creación de un mecanismo de tutela judicial, que faculte recurrir ante la jurisdicción contenciosa administrativa y la creación de un sistema irrenunciabilidad, que indique que los derechos y prerrogativas de los alguaciles son irrenunciables.
En la propuesta de ley se establece que el aguacil será un oficial subalterno del Poder Judicial y que será el único funcionario con la capacidad exclusiva de notificar, citar, emplazar y ejecutar las órdenes judiciales y las disposiciones que establecen las leyes y la constitución.
Indica que el alguacil estará encargado de mantener la solemnidad y la seguridad durante las audiencias en los tribunales y donde esté constituido el mismo y que con la colaboración de las autoridades asignadas será el responsable de llamar a la atención a la entrada y salida de los jueces del tribunal, llamará el rol de audiencias, velará por la ambientación, iluminación e instrumentos del tribunal e informará a la persona idónea estar atentos al llamado de los magistrados.Fuente