Santo Domingo.- El uso exclusivo del carril de la derecha, límites de velocidad, requerimientos básicos para desplazarse son parte de las nuevas disposiciones que ha dispuesto el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) para el desplazamiento de los vehículos pesados.
En virtud de la resolución 0001-2019 estableció que los vehículos de transporte de carga no podrán exceder la velocidad de 70 kilómetros por hora en las carreteras troncales y de 55 kilómetros por hora en las secundarias y terciarias, aunque la velocidad indicada en las vías públicas sea mayor.
“Cuando la velocidad indicada en las vías públicas sea menor a la establecida en el presente artículo (número 2), los vehículos de transporte de carga tienen que transitar a la velocidad establecida en la señalización”, expresa la disposición del Intrant.
Indica que en toda vía pública de más de un carril en un solo sentido será obligatorio para los vehículos pesados transitar siempre por el carril de la derecha, excepto al pasar a otro vehículo que se desplace en la misma dirección o cuando se disponga a doblar a la izquierda, en una intersección o para entrar en un camino privado.
Otras medidas enfatizan en requisitos técnicos para circular en las vías de manera segura y protegiendo la integridad física de las personas, para lo que deberán someter a un mantenimiento periódico las unidades, con especial atención en los neumáticos, frenos, luces, cintas reflectantes, enfriamiento, alineación y balanceo, aceite y filtro de aire.Fuente