El poder Ejecutivo creó el Reglamento del Régimen Simplificado de Tributación (RST), para beneficiar las personas físicas y jurídicas cuyos ingresos anuales no sobrepasen los 8.7 millones de pesos en ventas, así como favorecer a los que cuyas compras anuales no sobrepasen 40 millones de pesos.
La disposición del Poder Ejecutivo está contenida en el Decreto 265-19.
Los ciudadanos que pueden acogerse al reglamento son Modalidad RST de Ingresos que incluyen a personas físicas y jurídicas prestadores de servicios, productores de bienes o del sector agropecuario cuyos ingresos anuales no sobrepasen los RD$8,7 millones en ventas.
También las de Modalidad RST de Compras que son aquellas personas físicas y jurídicas comerciantes de bienes cuyas compras anuales no sobrepasen los RD$40 millones.
La medida ofrecerá múltiples beneficios a los contribuyentes, debido a que simplifica de manera significativa los trámites.
En este caso, ya no será necesario remitir informaciones de compras y ventas, pagar impuestos a sus activos, depositar anticipos ni saldar el ISR en una sola cuota.
Además, tampoco será necesario realizar declaraciones mensuales de ITBIS ni completar todos los campos requeridos para una declaración ordinaria.
destacó también los esfuerzos realizados por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para ayudar a las pequeñas empresas a cumplir sus obligaciones tributarias en el marco de la formalidad, como parte del relanzamiento del Procedimiento Simplificado de Tributación (PST). Indicó que ningún presidente había destinado tantos esfuerzos para fortalecer las Mypimeslistindiario.com